martes, 10 de enero de 2012

Naciones Unidas: Grupo de Trabajo sobre el tema de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales

fuente: diplomacia indigena
Este Grupo de trabajo  tendrá su primera reunión,  en Ginebra del 16 al 20 de enero de 2012 para elaborar su agenda y otros asuntos. Información general En su decimoséptimo período de sesiones, en la resolución A/HRC/17/4, el Consejo de Derechos Humanos decidió establecer un Grupo de Trabajo sobre el tema de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales,(ver PDF aquí) integrado por cinco expertos independientes, de una representación geográfica equilibrada, por un período de tres años, y pidió al Grupo de Trabajo enfocar sus acciones:

Para promocionar la difusión efectiva y amplia y la aplicación de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos: Implementación de las Naciones Unidas “Proteger, respetar y remediar”; (ver PDF aquí)
• Para identificar, intercambiar y promover las buenas prácticas y lecciones aprendidas sobre la aplicación de los Principios Rectores y para evaluar y hacer recomendaciones al respecto y, en ese contexto, a buscar y recibir información de todas las fuentes pertinentes, incluidos los gobiernos, las empresas transnacionales y otras empresas comerciales , las instituciones nacionales de derechos humanos, la sociedad civil y titulares de derechos;
• Para proporcionar apoyo a los esfuerzos para promover la creación de capacidad y el uso de los Principios Rectores, así como, previa solicitud, para proporcionar asesoramiento y recomendaciones en relación con el desarrollo de leyes y políticas nacionales relacionadas con los negocios y los derechos humanos;
• Para llevar a cabo visitas a los países y para responder rápidamente a las invitaciones de los Estados;
• Para continuar explorando opciones y hacer recomendaciones a los niveles nacional, regional e internacional para mejorar el acceso a recursos efectivos disponibles para las personas cuyos derechos humanos se ven afectados por actividades empresariales, incluidas las zonas de conflicto;
• Para integrar una perspectiva de género en la labor de su mandato y prestar especial atención a las personas que viven en situación de vulnerabilidad, en particular los niños;
• Trabajar en estrecha cooperación y coordinación con otros procedimientos especiales pertinentes de la Consejo de Derechos Humanos, pertinentes de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales, los órganos de tratados y las organizaciones regionales de derechos humanos;
• Para desarrollar un diálogo regular y examine las posibles esferas de cooperación con los gobiernos y todos los agentes pertinentes, incluidos los organismos pertinentes de las Naciones Unidas, organismos especializados, fondos y programas, en particular la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Pacto Mundial, la Organización Internacional del Trabajo, el Banco Mundial y su Corporación Financiera Internacional, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y la Organización Internacional para las Migraciones, así como las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, instituciones nacionales de derechos humanos, representantes de los pueblos indígenas, organizaciones de la sociedad civil y otros regionales y subregionales de organizaciones internacionales;
• Para guiar el trabajo del Foro sobre Empresas y Derechos Humanos;
Que informe anualmente al Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General.
El Consejo también decidió establecer un Foro sobre empresas y derechos humanos, bajo la dirección del Grupo de Trabajo para discutir las tendencias y desafíos en la implementación de los Principios Rectores y promover el diálogo y la cooperación en temas vinculados a los negocios y los derechos humanos, incluidos los desafíos que enfrentan en determinados sectores, entornos operativos, o en relación con los derechos específicos o grupos, así como la identificación de buenas prácticas.
El Foro estará abierto a la participación de los Estados, las Naciones Unidas para los mecanismos, órganos y organismos especializados, fondos y programas, organizaciones intergubernamentales, organizaciones y mecanismos regionales en el campo de los derechos humanos, instituciones nacionales de derechos humanos y otros órganos pertinentes, las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, asociaciones empresariales, sindicatos, académicos y expertos en el campo de los negocios y los derechos humanos, representantes de los pueblos indígenas y las organizaciones no gubernamentales reconocidas como entidades consultivas del Consejo Económico y Social, el Foro también estará abierto a otras organizaciones no gubernamentales cuyas metas y propósitos están en consonancia con el espíritu, propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, incluyendo a los individuos y grupos afectados, con base en los acuerdos con inclusión Económica y Social resolución 1996/31 del Consejo de 25 de julio de 1996, y las prácticas observadas por la Comisión de Derechos Humanos, a través de un procedimiento de acreditación abierto y transparente, de conformidad con las Reglas de Procedimiento del Consejo de Derechos Humanos.
El Foro se reunirá anualmente en dos días hábiles.
El Presidente del Consejo de Derechos Humanos designará en cada sesión, sobre la base de la rotación regional, y en consulta con los grupos regionales, a un presidente del Foro, propuesto por los miembros y observadores del Consejo, el presidente de servir en su / personal la capacidad será responsable de la preparación de un resumen de los debates del Foro, que se pondrá a disposición del Grupo de Trabajo y todos los demás participantes del Foro.
El Consejo de Derechos Humanos invitó al Grupo de Trabajo de incluir en las reflexiones de su informe sobre las deliberaciones del Foro y recomendaciones sobre futuras cuestiones temáticas para su examen por el Consejo.

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