Posicionamiento hacia Río+20. Por un nuevo paradigma civilizatorio: Buen Vivir en armonía con la Madre Tierra para garantizar la vida. |
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No permitamos que la consulta se reduzca a un procedimiento administrativo. |
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Miranda: "En medio de la guerra, seguiremos en nuestro territorio" |
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Denuncia pública: Amenaza de "Ejército Anti Restitución" en contra de Juan David Díaz, Capítulo Sucre. |
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Violación a la Jurisdicción Especial Indígena desde los usos y costumbres y el desconocimiento de las Autoridades Indígenas e Infracción al Derecho Internacional Humanitario. |
El Consejo de Autoridades Tradicionales Indígenas de Risaralda CRIR reunidos el 05 de Junio con las Autoridades Mayores de los diferentes Resguardos, en uso de las Facultades que le confiere la ley de Origen, el derecho mayor y el derecho propio, la ley 89 de 1.890 y la parte constitucional que hace referencia a los derechos de los pueblos indígenas tanto individuales como colectivos, especialmente los derechos de autonomía (artículos 246 y 330 de la Constitución Política, Convenio 169 de la O.I.T., Ley 89 de 1890, Autos de la Corte Constitucional, 004, 092, 008, 382 y demás normas que protegen los pueblos indígenas.
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Boletín de Información ONIC, junio 04 de 2012 |
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